jueves, 29 de septiembre de 2011

LAS OBLIGACIONES INSTITUCIONALES A CARGO DE LOS TRABAJADORES ( México )

OBLIGACIONES DE DAR

Como es lógico suponer ya que la principal obligación de los trabajadores, es de hacer, esto es, realizar el trabajo contratado, las obligaciones de dar a su cargo, son mínimas.

OBLIGACIONES DE HACER

A) Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiado y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
B) Dar aviso inmediato al patrón salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan incurrir al trabajo.
C) Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesite, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo.
D) Integrar los organismos que establece la ley fundamentalmente comisiones mixtas a nivel, empresarial.
E) Comunicar al patrón las enfermedades contagiosas que padezca, tan pronto tenga conocimiento de ellas.
F) Comunicar al patrón o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar daños y perjuicios a los intereses y vidas de sus compañeros de trabajo o de los patrones.

OBLIGACIONES DE NO HACER
A) Guardar escrupulosamente (no divulgar), los secretos técnicos, comerciales y de fabricación, de los productos que elabore la empresa y asuntos administrativos reservados, cuando su divulgación pueda causar perjuicios a ala empresa.
B) Ejecutar actos que puedan poner en peligro su propia seguridad y las de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeña.
C) Faltar al trabajo, sin causa justificada o sin permiso del patrón.
D) Sustraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima elaborada.
E) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.
F) Presentarse al trabajo bajo influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. En todo caso deberá de poner en conocimiento al patrón.
G) Portar armas en el lugar de trabajo, salvo que este lo exija.
H) Suspender las labores sin autorización del patrón.
I) Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.
J) Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquél a que están destinados.
K) Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo dentro del establecimiento.

OBLIGACIONES COMPLEJAS

A) Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que le sean aplicables.
B) Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para seguridad y protección personal de los trabajadores.
C) Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo.
D) Observar buenas costumbres durante el servicio.
E) Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior de trabajo y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padece de alguna incapacidad o enfermedad de trabajo contagiosa o incurable.

EL DEBER DE FIDELIDAD

A) Guardar los secretos de la empresa.
B) Abstención de actos de competencia.
C) Obligación de trabajar eficientemente
D) Obligación humanitaria de asistencia.
E) Obligación de actuar con honestidad.

Fuente : http://www.monografias.com/trabajos14/relac-laboral/relac-laboral.shtml

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